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domingo, 2 de febrero de 2014

"ES LA POLÍTICA, IDIOTAS DEL PP, LA POLÍTICA"

Ahora que se está celebrando la convención nacional del PP es bueno recordar porqué están perdiendo votos "a espuertas" entre sus seguidores.


LAS VÍCTIMAS

SI «la política es el arte de lo posible», según Bismark, ¿qué es gobernar? Pues convertir ese arte en realidad. Algo que el Canciller de Hierro practicó con pericia, forjando la moderna Alemania y adelantándose a los socialistas en el Estado social. Cualquier medio vale para no fracasar. Últimamente, debido al auge de los medios audiovisuales, lo más socorrido es el líder «carismático». Rajoy, que sabe perfectamente que no es un seductor, ha elegido el camino opuesto: fijarse el objetivo principal, concentrar en él todos los esfuerzos y olvidarse de lo demás, convencido de que, resuelto el gran problema, el resto se resolverá por añadidura. Si Clinton dijo aquello de «¡es la economía, idiota, la economía!», Rajoy no lo dice, porque se calla todo, pero lo hace.

Parece que está teniendo éxito, que estamos saliendo del pozo, que los números empiezan a cuadrar. Pero está visto que la plena felicidad no es de este mundo y, justo cuando parece haber vencido a sus rivales, surgen problemas entre sus seguidores. Las víctimas del terrorismo, el colectivo más golpeado en la Transición, se sienten no ya olvidadas, sino traicionadas por el Gobierno. Un Gobierno que no es del PNV, del que solo esperan agravios, ni del PSOE, que hace tiempo coquetea con el nacionalismo, sino del PP, el partido que consideraban suyo. Pero verle no mover un dedo cuando un juez mandó a casa a Bolinaga por razones harto discutibles e inclinar la cabeza cuando el Tribunal de Estrasburgo anulaba la doctrina Parot ha hecho pensar a algunas víctimas que ya no es su partido. Tras ellas, se han ido señalados militantes.

Pienso que ha habido un grave error por parte del Gobierno. No se gobierna solo a base de números y resultados. Requiere también corazón, cariño, calor humano. Habría bastado para evitar el infortunado desencuentro. Las víctimas del terrorismo son la esencia, por no decir el alma, del PP. Representan los valores que dignifican y cohesionan el partido, al haber dado lo máximo que puede darse en este mundo, la vida, por su causa. Pero, además, a las víctimas hay que escucharlas no por compasión ni por deferencia, sino porque tienen razón. Tienen razón por conocer mejor que nadie tanto a quienes han asesinado sin pestañear a sus padres, hermanos e hijos como a quienes de una manera u otra estaban tras ellos. Saben también que son gentes de las que no se puede uno fiar, que no se han arrepentido ni entregado las armas, y que si ya no matan es porque no pueden o porque esperan poder alcanzar sus objetivos de forma más cómoda. Pero que volverían a matar, robar y extorsionar de no alcanzarlos, ya que no han renunciado a lo que llaman su «causa» y son sus delitos.

Por eso no puede pactarse con ellos, porque los terroristas siguen siendo lobos, y sus valedores, lobos con piel de cordero. Porque la paz que predican es una falsa paz. Es «su» paz. La paz de los cementerios, de los zulos, de la humillación diaria. Algo que el PP no puede aceptar si quiere hacer honor a su nombre y seguir siendo el partido del pueblo español.

José María Carrascal en ABC


EL PROYECTO

CUMPLIR el déficit no es un proyecto político. Gran parte de la tensión interna que vive la derecha española se debe a un error de (minus) valoración sobre el grado de exigencia moral de su electorado. Concentrado en la emergencia económica, el Gobierno ha preterido la cohesión ideológica que sostenía el modelo de partido creado por Aznar y lo ha situado al borde del colapso o de la fractura. El aznarista tampoco era un patrón dogmático; se trataba de una especie de coalición de tendencias –liberales, democristianas, moderadas y conservadoras– aglutinadas en torno a un programa reformista y un núcleo de identidad común basado en una fuerte conciencia nacional de España. 

Las víctimas del terrorismo personificaban la solidez de ese concepto unitario al resistir hasta el martirio el embate de la violencia rupturista. Su potente papel simbólico del patriotismo constitucional ha quedado en entredicho por desidia, torpeza o descuido del marianismo en un momento de especial delicadeza, cuando la desaparición de la amenaza criminal exigía sumo cuidado en la preservación del sentido del sufrimiento y de la idea misma de justicia histórica.

Esta presión sobre las junturas del PP es la evidencia de una crisis de proyecto. El de Aznar, que tenía la legitimidad fundacional, se desgasta, se diluye y se resquebraja, y el de Rajoy no acaba de aflorar bajo su esfuerzo pragmático de estabilización de la economía, que pese a su éxito objetivo se halla aún en una fase inicial, fuera del alcance de las devastadas clases medias que representan el principal bastión sociológico del centro-derecha. Para cohesionar una mayoría social se necesita algo más que el mero ejercicio pragmático del poder: es preciso trazar un horizonte, un esquema doctrinal, un lazo sentimental, y respetarlo. Este Gobierno ha ofrecido una sensación –más aparente que real, pero muy extendida– de debilidad ante los desafíos a la idea de España, que es su elemento de convicción más potente, y al desdecirse de su propio programa ha olvidado que un partido-contenedor de amplio espectro requiere de al menos un emblema ideológico que le otorgue consistencia.

Para coser los desgarros abiertos en el liderazgo marianista es menester un esfuerzo de recomposición política que vaya más allá del enunciado de reformas concretas como las que el PP va a anunciar en su convención de este fin de semana. Hace falta un ejercicio proactivo de acercamiento y amparo a sus grupos básicos de apoyo. Una defensa de los principios que activaron la confianza de los grandes sectores de la sociedad española: la libertad, la convivencia, la ley, la ética pública, la iniciativa individual y la fe en una nación de ciudadanos iguales. Identificar la regeneración con unos puntos de déficit equivale a confundir los proyectos con los objetivos, los deberes con los compromisos y la esencia con las circunstancias.

Ignacio Camacho en ABC


EL PLAN

ISABEL SAN SEBASTIÁN, ABC 26.01.2014

AUNQUE no desvela su contenido («no sería prudente que el presidente del Gobierno adelantara acontecimientos») Mariano Rajoy tiene un plan para frenar, in extremis, el proyecto independentista cuyo implacable acontecer ha llevado al Parlamento de Cataluña a fijar solemnemente, en el próximo 9 de noviembre, la fecha para la celebración de un referéndum de autodeterminación al que llaman «consulta».

El presidente tiene un plan, que no concreta, merced al cual piensa impedir que los separatistas catalanes se fumen un puro con la Constitución y usurpen al pueblo español la soberanía que por Derecho le pertenece. Algo es algo, pero no basta. A estas alturas del desafío, cuando la escalada ha llegado al punto de que las instituciones autonómicas ignoran sentencias firmes en materia lingüística y derrochan el dinero público en campañas de propaganda a favor de la sedición, anunciar un plan abstracto y garantizar un compromiso que se asumió al jurar el cargo es tanto como quedarse de brazos cruzados esperando a ver qué pasa. Incluso la alianza que se intuye con el PSOE a estos efectos resulta insuficiente y tardía. La buena intención se presupone; la determinación está por demostrar. Y mientras no quede probada por encima de toda duda razonable, como acreditado ha quedado el empeño de los separatistas en romper España, no les llegará un mensaje que les lleve a perder la esperanza.

Hasta la fecha ha sucedido justo lo contrario. La política de hechos consumados practicada por el nacionalismo ha supuesto para su causa una apuesta siempre ganadora. Exigiendo lo imposible han obtenido lo impensable, sin arriesgarse a perder. Cada amenaza rupturista ha encontrado comprensión y recompensa en forma de nuevas competencias, nuevas transferencias y mejor financiación, a costa de quienes nunca han dejado de ser leales. La estrategia del chantaje les ha dado excelentes resultados. ¿Por qué iban a renunciar a ella?

Lo sorprendente, lo realmente novedoso, sería que por una vez se invirtieran los términos de la ecuación y ese «plan» de La Moncloa contemplara la posibilidad de imponer el pago de un precio político a estos apóstoles del «derecho a decidir» que decidieron por su cuenta y riesgo romper las reglas del juego, quebrando así no sólo la convivencia, sino la confianza de los inversores en nuestro país. Que la jugada les saliera cara. Si por ventura fuese así, el artículo 155 de la Carta Magna indica el camino a seguir: «Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general».

Las agencias internacionales de calificación identifican el «problema catalán» como el máximo factor de riesgo para la economía española. El «Parlament» ha traspasado con creces los límites de la legalidad. Cataluña está quebrada y consume buena parte del fondo de rescate que pagamos con nuestros impuestos. ¿Qué más tiene que pasar para que el «plan» se materialice?

Es demasiado tarde para enviar ministros a hacer discursos patrióticos o desgranar cifras reales. El Estado perdió esa batalla hace años, cuando renunció a librarla. A estas alturas no hay más «plan» válido que la protección efectiva del interés general, con los instrumentos que hagan falta. Todo lo demás es nada.


CON SUS VIDAS EN NUESTRAS MANOS

Si la historia la escriben los vencedores, los terroristas habrán vencido al escribir nuestra historia. Y el pasado de España se agolpará en nuestra boca con el sabor a ceniza de todo un tiempo en vano. Y el pasado de España temblará en nuestros ojos con el sabor a pérdida de las lágrimas secas.

«Que se libre a mis restos de una sacrílega autopsia; que se ahorren de buscar en mi helado cerebro y en mi apagado corazón el misterio de mi ser. La muerte no revela los secretos de la vida». Chateaubriand iniciaba sus Memorias con esta advertencia: lo que quedara de su cuerpo sin espíritu de nada podía servir para explicar el significado de su existencia. Pero si la materia inerte nada nos dice ya del alma, de la conciencia de vivir, las circunstancias de la muerte pueden dar cuenta de nuestra condición de hombres, de nuestra sustancia de seres únicos alzando su integridad sobre la tierra y la historia.

Líbrennos nuestra inteligencia y nuestro sentido del ridículo del fervor romántico que idealiza la muerte heroica en una desquiciada fe de vida. Líbrennos nuestra lucidez humanista y nuestro culto a la razón de confundir la arrogante exhibición de la autenticidad con la humilde búsqueda de lo verdadero. Nada tenemos que ver con quienes, acostumbrados a convertir la vida en la pieza descartable de ideologías extremistas, han posado sobre nuestro tiempo el orden deforme de un firmamento inmoral. Sólo sentimos repugnancia de quienes han creído que el futuro había de edificarse sobre los escombros de la muerte, sobre el sacrificio de los inocentes y sobre los escenarios donde la sangre oficia el sucio ritual de los verdugos y de las víctimas.

Desde la convicción de la dignidad intrínseca de la vida, de su finalidad en sí misma, de la negativa a aceptar su validez relativa, algunas ocasiones nos obligan a hacer una pausa en nuestro camino. Pocos días atrás, en una localidad del norte de Pakistán, un adolescente de catorce años, Aitzaz Hasan Bangash, detuvo a un terrorista talibán que pretendía detonar una carga explosiva en el interior de su escuela. Sólo pudo hacerlo abrazándose a él y provocando un estallido prematuro, que permitió evitar la masacre que iba a producirse entre los estudiantes reunidos en aquel momento en una asamblea. Bangash había tratado de disuadir al terrorista gritándole y arrojándole piedras, pero al final no tuvo más recurso que entregar su propia vida. La donación de una existencia tan joven aún, el sacrificio temprano nada tuvo que ver con la decisión de morir ni con el deseo de matar. Por el contrario, fue una prueba de respeto al ser humano, una forma de afirmar el privilegio de vivir. Fue uno de esos actos en los que la humanidad entera justifica su existencia en el mundo, su necesidad de tomar una opción moral, la exigente, irrevocable y preciosa condición de nuestra libertad.

Esta decencia limpia, este coraje humilde nos incumbe a nosotros, los españoles, con especial dureza en estos días. Porque han aparecido de nuevo los asesinos, los pistoleros, los verdugos, posando orgullosamente en el congruente espacio de un antiguo matadero de Durango. Ellos han protagonizado una de las historias más pavorosas sufridas por Europa en la segunda posguerra mundial. En los reportajes que han cubierto su insultante manifiesto, hemos podido ver el rostro de quienes también tomaron una decisión. Hemos visto la tiniebla podrida de sus ojos, la corrupción de su sonrisa descompuesta, el aliento estancado de su voz. Hemos visto a quienes son ya, para siempre, imagen de la muerte. Decidieron que el crimen formara parte de nuestra existencia, segregaron el temor en el aire de nuestras calles, diezmaron el paisaje de nuestra patria. No solo provocaron un daño irreparable en asesinatos que zanjaron vidas con derecho a ser vividas. Nos condenaron a existir en una libertad condicional, a la indignidad del dolor inútil, a la vejación de nuestro miedo a ser asesinados. Nos obligaron a incorporarnos a diario con toda nuestra muerte a cuestas, nos sometieron al cautiverio de una teogonía infame, en la que a ellos correspondía escribir nuestro destino y a nosotros sólo cabía cumplirlo con una irrenunciable dignidad.

Pero ahora, además, nos fuerzan a convivir con su monstruosa existencia. Tenemos que aguantar la obscenidad de su presencia en las instituciones. Tenemos que soportar la humillación suprema de pagarles el sueldo. Ahora pretenden que la calidad de nuestra democracia y la virtud de nuestro civismo se midan por la capacidad de negar lo que ha ocurrido. Ahora reivindican que, después de haber condenado a muerte a nuestros amigos, a nuestros familiares, a nuestros compatriotas, los condenemos al olvido. Ahora nos arrebatan también el recuerdo, intentan inventar un pasado sin víctimas ni verdugos, un tiempo sin moral, reducido a los contextos atenuantes y las circunstancias absolutorias. Si la historia la escriben los vencedores, los terroristas habrán vencido al escribir nuestra historia. Y el pasado de España se agolpará en nuestra boca con el sabor a ceniza de todo un tiempo en vano. Y el pasado de España temblará en nuestros ojos con el sabor a pérdida de las lágrimas secas.

En nuestro propio suelo, con el permiso concedido por una autoridad que desdeñan, refugiándose en la protección de un Estado que rechazan, los asesinos tratan de establecer las condiciones políticas de nuestro futuro, pero también de perfilar las dimensiones morales de nuestra existencia. La redención de su pena será la aniquilación de nuestra legítima tristeza. La relativización de su crimen será aceptar la validez relativa de sus víctimas. Ninguna nación ha puesto a prueba las bases fundacionales de su cultura de este modo. A ningún terrorista de un país occidental se le habría ocurrido que las instituciones parlamentarias, los partidos, las garantías jurídicas y la simple decencia cívica de una comunidad podrían tomarse en serio tales pretensiones. Porque no definen solamente la catadura criminal de los asesinos que las proclaman, sino que también determinan la calidad democrática de la sociedad que las atiende.

Muy lejos de aquí, un adolescente entregó su vida para que cientos de muchachos de su edad pudieran vivirla enteramente. Bangash creció en una zona del planeta en la que la vida puede llegar a valer muy poca cosa, en que cada día que pasa es un tiempo ganado a la extinción. La vida no es un hecho rutinario, no transcurre con la inercia de lugares favorecidos por el bienestar y la libertad. La vida es voluntad de existir, pero no a cualquier precio. La grandeza del acto moral es que se basa en la posibilidad de escoger algo más fácil, pero menos bueno.

Lo que nos hace hombres es esa decisión que adquiere sus rasgos más intensos en circunstancias como las que nos ha ofrecido Bangash. En presencia del verdugo, él escogió ser la víctima, no por desprecio de su propia vida, sino por el amor a todas las que salvaba. Y, probablemente, habitando un lugar de tal dureza, por puro y simple amor al milagro de vivir. En el momento de tomar tan grave decisión, en el momento de dar ejemplo, este adolescente tuvo la vida de todos los hombres en sus manos. En su cuerpo destruido, vibró lo mejor de cada uno de nosotros. En su corazón desmantelado sobrevivió nuestra esperanza. En su sangre vertida tomó impulso nuestra definitiva fe en la bondad del hombre. Como lo escribió Cernuda, en la aspereza implacable del exilio: «Recuérdalo tú y recuérdalo a otros. Uno …uno tan sólo basta como testigo irrefutable de toda la nobleza humana».

FERNANDO GARCÍA DE CORTÁZAR, ABC 26/01/04

domingo, 27 de octubre de 2013

EL GOBIERNO RAJOY, TAN COLABORACIONISTA CON ETA COMO EL DE ZAPATERO

Estrasburgo es la gota que desborda el vaso, pues no hay ningún español con dos dedos de frente que no piense que, como ha dicho la presidenta de la AVT, el Gobierno de la cuarta economía del euro «podía haber hecho mucho más» por evitar una ignominia así.

Es cierto que la doctrina Parot implicaba una interpretación discutible del sistema de liquidación de condena, pero ni el Tribunal Supremo ni el Constitucional, con eminentes juristas en sus filas, entendieron que eso vulnerara la irretroactividad de las normas penales. ¿Cómo es posible entonces que el Estado español pierda una votación en la que se jugaba tanto por un humillante 17-0, 16-1 o 15-2, según los apartados de la sentencia?

Esto sólo puede deberse a que todos los jueces del Tribunal Europeo tengan una especial inquina hacia España, o a que no se les haya transmitido con suficiente insistencia y claridad la trascendencia de su decisión. ¿A qué bufetes especializados o equipos de lobistas se ha contratado? ¿Cuántas delegaciones judiciales españolas han visitado Estrasburgo en estos meses críticos en los que se estaba cocinando la sentencia de la Gran Sala? ¿Cuántas giras ha realizado el presidente del Gobierno por los países con representantes en ese tribunal? ¿Cuántas reuniones han celebrado los titulares de Exteriores y Justicia con sus homólogos para hablar en concreto de este asunto?

Especialmente escandalosa resulta la conducta de Luis López Guerra, representante español en el Tribunal que, cual nuevo híbrido de Bellido Dolfos y el conde don Julián, ha apuñalado por la espalda a la nación y ha abierto las puertas a la invasión de nuestra dignidad por las hordas proetarras. La infame guerra de Luis López –tan comprensivo en su momento con los GAL como para merecer que le hagan patrono de la Fundación Felipe González– ha consistido en ir captando a sus compañeros hasta conseguir la destrucción del escudo que protegía la memoria de las víctimas del escarnio al que ahora están siendo sometidas.

Se comprenderá que si el juez español intrigaba contra España, poco o nada cabía esperar del desenlace. Fue un gravísimo error nombrarle –a no ser que se hiciera precisamente para eso– pues personificaba el falso progresismo que tanto daño ha causado a la seguridad jurídica desde la llegada de la democracia; pero lo verdaderamente imperdonable es no haberle recusado ahora.

El argumento era bien sencillo: López Guerra formaba parte del poder ejecutivo como secretario de Estado de Justicia cuando se mantuvieron reuniones con ETA en las que la banda exigió la derogación de la doctrina Parot. Según mis noticias, alguien con muy profundo conocimiento de las normas del Tribunal de Estrasburgo propuso al Gobierno, en fecha nada lejana, que procediera a esa recusación y la medida fue desdeñada.

¿Está en condiciones el Gobierno de desmentirlo? Si el presidente no comparece inmediatamente en el Parlamento y demuestra lo contrario, explicando todas sus gestiones e iniciativas, habrá que atribuirle una desidia culpable e incluso dolosa en esta decisiva encrucijada. Habrá que pensar que, en el fondo, en Estrasburgo ha ocurrido lo que el presidente deseaba y que, por mucho que se reúna ahora con las víctimas, esta sentencia es la que encaja en la hoja de ruta pactada para comprar el adiós a las armas a los terroristas. Como bien acaba de explicar Mayor Oreja, ETA no está derrotada; sólo se encuentra «agazapada», a la espera de que la excarcelación de Arnaldo Otegi le permita lanzar su asalto al poder.

¿Sigue pensando a estas alturas el líder del PP que, tal y como aseguró en noviembre de 2011, avalando lo acordado por el presidente del Gobierno, no se pagó «precio político» por el fin de los atentados? Esta sentencia cruel y detestable no es sino la última llamarada de una caravana de horrendas antorchas, que incluye ya las candidaturas de Bildu, la legalización de Sortu, la excarcelación de Bolinaga por decisión del Gobierno y la absolución del delito de colaboración con ETA de los policías que ejecutaron el encargo del chivatazo del Faisán. La decisión del Fiscal del Estado de no recurrir el fallo de la Audiencia, pese a su raquítica arboladura jurídica e intelectual, es por cierto el mejor reflejo del ansia del Gobierno que le nombró por enterrar cuanto antes este episodio hediondo.

La única alternativa que cabe frente a la hipótesis de que el Gobierno haya contribuido con deliberada pasividad a la sentencia de Estrasburgo es su total incompetencia. No cabe descartarla, pues también contamos ya con una serie histórica formada por hechos tan recientes.

miércoles, 23 de octubre de 2013

SENTENCIA DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS A FAVOR DE ETA Y CONTRA LA "DOCTRINA PAROT".

El pasado lunes se consumó lo esperado, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos emitió su sentencia definitiva contra la "doctrina Parot", facilitando la puesta en libertad de docenas de asesinos en serie, terroristas sanguinarios, violadores, pederastas y demás ralea merecedora de la sentencia a la pena capital, aunque no quede moderno decirlo.

Inmediatamente el Gobierno de Rajoy ha cumplido la sentencia, a toda velocidad teniendo en cuenta la tradicional lentitud de la Justicia española, excusándose en la necesidad de ejecutar la sentencia, dando a todos la impresión de que el Partido popular sigue el plan de la Hoja de Ruta de la rendición diseñada por el PSOE. Los socialistas vendieron a nuestro país para poder así salir con orgullo en los libros de historia, y los conservadores nos han revendido para no salir en esos mismos libros con mala imagen.

Y Rajoy, en silencio, callado, accediendo a la ejecución inmediata de la sentencia sin decir una palabra de aliento, sin criticar la sentencia, sin criticar al TEDH, sin mostrar un atisbo de enfado, de indignación, de rabia, de resistencia. No, eso no. Entregado, sumiso, obediente.

La historia la han escrito siempre los vencedores, de ahí nuestra historia negra divulgada por los británicos y estadounidenses, y en el futuro nuestra historia como país la escribirá ETA, a quien le hemos entregado la victoria, la razón y el relato.

Pero es que, además, hay ejemplos suficientes en Europa de que la no ejecución de las sentencias no comporta consecuencia práctica alguna, a pesar de lo que diga el Convenio de Roma y documentos consiguientes. Ahí está el caso de Reino Unido y sus más de 50 sentencias incumplidas.

Por otra parte, y como dice Ignacio Camacho en ABC, preguntándose lo mismo que las víctimas: ¿A qué vienen estas prisas, este celo? Si han de salir que salgan, pero a última hora del último día del último plazo.
CON el debido respeto, no se entienden estas prisas. Cualquier justiciable español conoce y ha sufrido el penoso procedimiento de plazos de los mecanismos judiciales. Dilaciones injustificadas, retrasos continuos, suspensiones de vistas y trámites… Casi un lustro tardó el Constitucional en evacuar el pleito del Estatuto de Cataluña. Dos años lleva Mercedes Alaya sin tomar declaración a algunos imputados. Los casos de Bárcenas y Urdangarín se eternizan en un lapsus procesal inacabable, por no hablar de las preferentes o la quiebra de Bankia… ¿y era necesaria la excarcelación exprés de Inés del Río? ¿Tenía que reunirse el Pleno de la Audiencia en menos de horas veinticuatro desde la resolución de Estrasburgo? ¿A qué viene este celo cumplidor en una justicia de lentitud proverbial? ¿Qué clase de impulsos motivan tan repentino apremio?
Miedo a ser acusados de detención ilegal, me explica quien por su cargo entiende y sabe. Desasosiego por no quedar mal ante la Corte de Derechos Humanos. Prioridad para los conflictos de régimen de libertad. Pero vive Dios que extraña esta presteza de ropones habituados a usar relojes blandos como los de los cuadros de Dalí, reunidos a matacaballo como quien espera el alba. Con diligencia similar tendríamos un aparato judicial tan sedoso y fluido que litigar sería una experiencia confortable. ¿O será que la turbolibertad de la asesina etarra ha devenido en repentina cuestión de Estado?
Si hay una cuestión en la que la justicia y el poder ejecutivo dispongan del consenso social que tanto echan en falta es ésta del cumplimiento de penas. Vale, hemos perdido el caso y habrá que obedecer la sentencia –¿o cabía tal vez un recurso de revisión?– pero quién ha decretado que sea menester atropellarse en plan maricón el último. Ni siquiera hacen falta, que bien vendrían para la ocasión, recursos dilatorios especiales, aunque tampoco estaría de más mostrar cierta repugnancia en el acatamiento: basta con aplicar la renuencia de la gestión ordinaria de un sistema atorado. Nada de especial: el embudo por la parte estrecha, la última hora del último día del último plazo. Como a cualquiera. Y si han de salir que salgan, a ver qué remedio, pero despacito, sin urgencia, como van en España la cosas de palacio. Que esperen los tíos de las pancartas; tiempo tendrán de dedicarles calles a sus heroicos gudaris y presentarlos a concejales cuando llegue la ocasión para escupir con más delectación sobre las tumbas de los asesinados. Que se pongan siquiera un poquito nerviosos. Que no se vengan arriba tan pronto. Que al menos no parezca que el Estado se siente culpable, que tiene remordimientos, que se ha acongojado.
Hay en España juristas que afirman que la sentencia no es vinculante y de obligado cumplimiento, como el Profesor Carlos Ruiz Miguel. Las conclusiones de su trabajo son esclarecedoras. El pasado lunes publicó también un artículo al respecto en Periodista Digital, titulado "Por qué el TEDH se equivoca con la "doctrina Parot", que reproducimos aquí íntegro por su interés:
La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acaba de confirmar la condena a España por la llamada "doctrina Parot". Confirma así la sentencia que el año pasado emitió una Sala de dicho tribunal en el caso de "Inés Del Río". No conozco la sentencia de la Gran Sala, pero sí la sentencia de la Sala que ahora se confirma. Y esa sentencia está gravemente equivocada porque confunde "pena" judicial con "beneficios penitenciarios" administrativos y "límite máximo de cumplimiento de la pena" que, evidentemente, son tres cosas distintas. Un error que, viniendo de un órgano judicial, resulta a mi juicio penoso. 

I. QUÉ ES LA "DOCTRINA PAROT"
La llamada "doctrina Parot" es la nueva interpretación que dio la sentencia del Tribunal Supremo 197/06, de 28 de febrero de 2006 de las disposiciones del Código Penal que aluden al "dies a quo" ( o sea, el día a partir del cual debe hacerse) del cómputo de los beneficios penitenciarios.
El Código Penal de 1973 contiene dos disposiciones fundamentales:
- en su artículo 70.2º dice que el "límite máximo de cumplimiento de la pena" era de 30 años.
- y en su artículo 100 que "Podrán redimir su pena por el trabajo, desde que sea firme la sentencia respectiva, los reclusos condenados a penas de reclusión, presidio y prisión."
Sintetizando:
- Antes de esa sentencia, un asesino condenado por múltiples crímenes a, p. ej., 800 años de prisión, podía computar los beneficios penitenciarios, no desde el año 800 del cumplimiento de la pena, sino desde el año 30 (que es el máximo tiempo de cumplimiento de la pena). El resultado es que un asesino o violador múltiple con una pena de cientos de años (pena), que legalmente no puede estar en la cárcel más de 30 años (límite de cumplimiento de la pena), podía salir de la cárcel antes de los 20 años porque los beneficios penitenciarios obtenidos no reducían la "pena", sino el "límite de cumplimiento de la pena".
- Después de esa sentencia, se estipuló que los beneficios penitenciarios lo que reducen es la "pena" judicialmente impuesta.

II. LA SENTENCIA DEL TEDH EN EL CASO "DEL RÍO" DE 2012
La sanguinaria criminal Inés del Río, de la organización terrorista ETA, había sido condenada en una sentencia de la Audiencia Nacional de 1989 a una pena de más de 3.000 años de cárcel.
La PENA judicialmente determinada con arreglo a la ley suma más de 3.000 años de cárcel.
Pero el CUMPLIMIENTO MÁXIMO de la pena, en ningún caso podía exceder 30 años de cárcel.
La terrorista había empezado en la cárcel a realizar algunas actividades dirigidas a obtener BENEFICIOS PENITENCIARIOS. Esos beneficios, ANTES de la sentencia del TS que establecía la "doctrina Parot" se aplicaban al límite máximo de cumplimiento de la pena, no a la pena. Sin embargo, DESPUÉS de la sentencia del TS de 2006, se empezaron a aplicar a la pena.
La terrorista demandó a España ante el TEDH el 3 de agosto de 2009 alegando, fundamentalmente, violación de los artículo 5.1.a y 7.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que dice:
ARTÍCULO 5
Derecho a la libertad y a la seguridad
1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad.
Nadie puede ser privado de su libertad, salvo en los casos siguientes y con arreglo al procedimiento establecido por la ley:
a) Si ha sido privado de libertad legalmente en virtud de una sentencia dictada por un tribunal competente;
ARTÍCULO 7
No hay pena sin ley
1. Nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una infracción según el derecho nacional o internacional. Igualmente no podrá ser impuesta una pena más grave que la aplicable en el momento en que la infracción haya sido cometida
Una sentencia, el 10 de julio de 2012 dando la razón a la etarra.
Sus argumentos fundamentales están en los paráramos 59-63 y 72-74 de la sentencia:
59 Teniendo en cuenta lo anterior y basándose en la legislación española en su conjunto, el Tribunal considera que el nuevo modo de cálculo de la remisión de penas aplicables, en base al giro jurisprudencial del Tribunal Supremo, no concernía sólo a la ejecución de la pena impuesta a la demandante. Se trató de una medida que tuvo igualmente un impacto decisivo sobre el alcance de la «pena» impuesta a la demandante, llevando en la práctica a prolongar en casi nueve años la condena a cumplir.
(...)
62 Además, el Tribunal considera que la nueva jurisprudencia del Tribunal Supremo dejó sin sentido las remisiones de penas por trabajo a las que las personas condenadas en virtud del antiguo Código Penal de 1973, como la demandante, hubieran tenido derecho después de haber cumplido gran parte de su condena. En otras palabras, la condena que la demandante debía cumplir se alargó hasta los 30 años de prisión efectiva, sobre los que las remisiones de penas aplicables a las que previamente tenía derecho no tuvieron ningún efecto.
63 A la luz de lo precedente, el Tribunal estima que era difícil, prácticamente imposible, para la demandante el prever el cambio de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y por lo tanto, saber, en la época de los hechos, así como en el momento en que todas sus condenas fueron acumuladas, que la Audiencia Nacional haría un cálculo de remisión de penas en base a cada una de las condenas impuestas de manera individual y no sobre el total de la condena total a cumplir, alargando de esta manera la duración de su prisión.
(...)
74 Sin embargo, el Tribunal debe garantizar igualmente que la duración real de la privación de libertad, teniendo en cuenta las reglas relativas a la remisión de penas aplicables, era suficientemente «previsible» para la demandante. Además a la luz de las consideraciones que han llevado a la constatación de la violación del artículo 7 del Convenio, el Tribunal considera que la demandante, en la época de lo hechos, no podía prever de manera razonable que la duración real de la privación de libertad se prolongaría en casi nueve años, dejando sin sentido las remisiones de pena por trabajo a las que tenía derecho bajo el imperio del antiguo Código Penal de 1973. En particular, no podía prever en el momento de acumulación de todas sus penas, que el método de cálculo de estas redenciones de condena serían objeto de un giro jurisprudencial del Tribunal Supremo en 2006 y que este cambio se le aplicaría retroactivamente. 

III. CRÍTICA A LA SENTENCIA DEL TEDH
El Tribunal hace varias afirmaciones cuestionables.
En primer lugar dice que la "doctrina Parot" "no concernía sólo a la ejecución de la pena impuesta a la demandante. Se trató de una medida que tuvo igualmente un impacto decisivo sobre el alcance de la «pena» impuesta a la demandante, llevando en la práctica a prolongar en casi nueve años la condena a cumplir". Adviértase que hasta el TEDH entrecomilla la palabra "pena" en este pasaje porque ahí, en realidad, no se refiere a la "pena" sino al "límite de cumplimiento de la pena" que es algo MUY DIFERENTE.
El TEDH, en definitiva, CONFUNDE la "pena" (3.000 años de prisión) con el "tiempo MÁXIMO de cumplimiento de la pena" (30 años de cárcel). Una confusión bastante grave.
En segundo lugar, dice el TEDH "que era difícil, prácticamente imposible, para la demandante el prever el cambio de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y por lo tanto, saber, en la época de los hechos, así como en el momento en que todas sus condenas fueron acumuladas, que la Audiencia Nacional haría un cálculo de remisión de penas en base a cada una de las condenas impuestas de manera individual y no sobre el total de la condena total a cumplir, alargando de esta manera la duración de su prisión.
El argumento del TEDH es inaceptable. En primer lugar, porque la jurisprudencia puede cambiar en cualquier aspecto en cualquier momento. Si una conducta, por ejemplo, pasa a ser, o deja de ser un delito fiscal, no se puede alegar que hay violación de derechos porque algo que antes el tribunal no consideraba delito ahora sí lo considere. Nadie puede decir que esa condena sería una violación del Convenio porque en el momento de cometerse el acto la "jurisprudencia" no lo consideraba delito. La clave, en Derecho Penal, es el principio de legalidad. Y el texto de la ley no ha variado. Sólo ha cambiado la forma de interpretarla. Y eso es algo absolutamente legítimo. El propio TEDH ha cambiado de opinión en varios temas.
La cuestión del debate, por tanto, es si los beneficios penitenciarios sirven
- PARA LA REDUCCIÓN DE LA PENA
- o PARA LA REDUCCIÓN DEL CUMPLIMIENTO MÁXIMO DE LA PENA
La interpretación del TEDH constituye ella misma, una violación de los derechos que dice defender y FRAUDE DE LEY, es decir, la utilización de la ley para un objetivo contrario al que pretende conseguir la misma.
En primer lugar, si no se admite que los beneficios penitenciarios no reducen la "pena" sino el "cumplimiento máximo de la pena", se está diciendo que la Administración, quien es la que fija los "beneficios penitenciarios" puede invadir una competencia que es EXCLUSIVA del Poder Judicial. Dicho de otra manera. Es competencia exclusiva del Poder Judicial JUZGAR y establecer LAS PENAS. Una vez que una pena ha sido establecida en sentencia firme, NADIE puede reducirla.
Pretender que se pueda reducir la PENA por un "beneficio penitenciado" constituye, pura y simplemente, un atentado al Estado de Derecho. Una violación de la separación de poderes.
En segundo lugar, los beneficios penitenciarios no pretenden alentar el delito. La doctrina del TEDH hace que la comisión de un asesinato, o una violación, pueda tener EL MISMO coste que la comisión de 20 asesinatos o violaciones. Con lo cual, una vez traspuesto el umbral del asesinato, se alienta a las organizaciones terroristas porque ya no hay coste adicional.
El "límite MÁXIMO al cumplimiento de las penas" busca, precisamente, evitar ese efecto.
Al aplicar el beneficio penitenciario a la reducción del "límite máximo al cumplimiento de la pena" se elimina la disuasión para la comisión de ulteriores crímenes. 

IV. UNA SENTENCIA QUE NO TIENE EFECTOS EJECUTIVOS EN ESPAÑA
Dejo de lado la cuestión, clarísima, sobre los efectos de las sentencias del TEDH en España. Dediqué a ello mi libro "La ejecución de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos", de 1997. Creo que todo lo que dije entonces (donde, por cierto, en primicia fui yo quien reproduje las providencias del TEDH en el caso "Ruiz Mateos") sigue siendo válido hoy.
Dice el prestigioso Magistrado y penalista José Luis Manzanares en República.com, y tiene razón, que la culpa de esta situación es la existencia previa de una legislación penal muy benévola, muy guay y muy progre, especialmente en materia antiterrorista, que engendró un monstruo legal sobre el cumplimiento de las sentencias. Pero eso no justifica la actitud mansa y mezquina actual del Gobierno Rajoy. Afirma Manzanares:
Siempre he mantenido que la doctrina Parot sobre el cumplimiento de las penas tenía los pies de barro. Así lo escribí –en solitario o poco menos- desde el primer momento. Me remito a mis artículos en varias publicaciones especializadas y en este mismo diario. Quiero decir que no me ha sorprendido el rechazo definitivo por la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo confirmando la sentencia de primera instancia.
El Derecho Penal no admite atajos que fuercen la interpretación de las leyes en contra del reo, y eso explica suficientemente la suerte corrida por este pretendido bálsamo de Fierabrás. 
Nosotros, víctimas del terrorismo etarra, estuvimos combatiendo esa plaga durante muchos años con una legislación excesivamente benévola que, dicho sea de paso, todavía sigue siéndolo aunque no tanto. Un día empezaron a salir de la cárcel, tras cumplir sólo quince o dieciocho años, los asesinos en serie y entonces, precisamente entonces, acuñamos la doctrina Parot para poner coto al lamentable espectáculo. Una construcción doctrinal bien intencionada pero que, jurídicamente muy pobre, modificaba la jurisprudencia constante desde 1870 con la confesada finalidad de que los asesinos múltiples –y los autores de otros delitos especialmente graves como efecto colateral- recibieran el castigo que la entonces legislación vigente impedía.
La redención de penas por el trabajo, con un día de abono de prisión por cada dos jornadas laborales, era un beneficio que, entendido como un derecho a partir de la conducta carcelaria y al margen de todo pronóstico de resocialización, no desapareció hasta la promulgación del Código Penal de 1995. Bien entendido, además, que la ya mencionada irretroactividad de las leyes penales en contra del reo no permitía privar de su disfrute a quienes habían delinquido con anterioridad, incluso si sus condenas fuesen posteriores. Cualquier jurista o persona interesada en la materia sabía que en un día más o menos lejano se produciría la increíble excarcelación de, por ejemplo, la terrorista Inés Prieto, cumpliendo sólo quince o veinte años de los 3.828 que sumaban las penas de sus numerosos crímenes por separado. Nada se hizo, sin embargo. Ni introdujimos en el Código la prisión perpetua permanente como habían hecho los países de nuestro entorno donde el terrorismo no existía o era incomparablemente menor que en España -¡hasta ahí podíamos llegar!-, ni siquiera se nos ocurrió prescindir de la redención de penas por el trabajo.
La doctrina Parot sería el remedio milagroso contra la irretroactividad penal. Aplicando la redención de penas por el trabajo, no sobre la pena global resultante, sino sobre cada una de las correspondientes a cada delito se volatiliza en la práctica. Lo malo es que tal doctrina choca con el fin resocializador de la pena conforme al art. 25.2 de la Constitución y, lo que ahora más interesa desde la perspectiva del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, infringe el principio de legalidad penal en su más estricto sentido a la vez que atenta contra los derechos fundamentales de toda persona a la libertad y la seguridad (arts. 7 y 5 del Convenio de Roma). 
No hay que buscar en Estrasburgo a los culpables de las escandalosas excarcelaciones que la doctrina Parot trató de evitar en el último momento. Las críticas deben dirigirse exclusivamente contra quienes las previeron pero aceptaron por negligencia o cálculo político. No vale esperar a que los problemas se pudran para buscar finalmente su solución vistiendo con ropajes jurídicos el viejo dicho de que el fin justifica los medios. Por lo demás, recuérdese lo de “al ladrón, al ladrón”. Resulta obsceno observar cómo hay quien señala con el dedo a Estrasburgo para desviar la atención de su propia e intransferible responsabilidad.








miércoles, 11 de julio de 2012

LA SENTENCIA DEL T.E.D.H. DE ESTRASBURGO A FAVOR DE ETA

Reproducimos aquí una columna publicada en El Confidencial por José Antonio Zarzalejos, sobre la reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.


"Desde ayer, la economía española está prácticamente intervenida. Pero la soberanía jurisdiccional de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo, no lo está. Tampoco el cuerpo de doctrina que forman las sentencias y resoluciones del Tribunal Constitucional como garante de la correcta interpretación de la Carta Magna. De tal manera que Inés del Río Prada, asesina etarra condenada a 3.000 años de cárcel por la comisión de 23 crímenes, no saldrá de prisión hasta el 17 de julio de 2017. De ningún modo debe hacerlo antes de esa fecha porque el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo haya dictado una desdichada sentencia que para el Estado español sólo tiene valor declarativo y, en su caso interpretativo, pero no revocatorio de las sentencias firmes de nuestros tribunales, como bien ha puntualizado reiteradamente el propio Tribunal Constitucional.

La potestad jurisdiccional prevista en el artículo 117 de la Constitución no se ha compartido mediante tratado internacional alguno -mecanismo previsto en el artículo 93 de la CE- y, por lo tanto, el de Estrasburgo es un tribunal internacional pero no supranacional y no forma parte de la pirámide jurisdiccional del Estado español. Este tema se ha debatido hasta la saciedad con un amplio y transversal consenso de catedráticos y magistrados.

No hay tratado para que los terroristas puedan ser liberados por tribunales internacionales cuando cumplen condena en España y bajo la responsabilidad de la administración de justicia y de las autoridades penitenciarias de nuestro país. O sea, no hay caso

Aunque la naturaleza no casacional de las resoluciones de Estrasburgo resolvería cualquier duda al respecto, debe añadirse que la sentencia ni siquiera es firme y cabe recurso de apelación a la Gran Sala. Un recurso que gozaría de muchísimas posibilidades de prosperar. No entraré en tecnicismos, pero la sección del Tribunal que se ha pronunciado contra la aplicación de la doctrina Parot comete el error de confundir una norma penal -evidentemente nunca retroactiva- con la jurisprudencia del Supremo sobre el cumplimiento de las penas que puede aplicarse en cualquier momento, como estableció el Constitucional español. El TC sólo admitió que la reinterpretación del cumplimiento de las penas no debía afectar a los presos que dispusieran del licenciamiento firme de su condena (3), pero no a los demás (30), de tal suerte que la doctrina Parot está vigente en España, diga lo que diga Estrasburgo.

Teniendo en cuenta que en España no hay condena perpetua -y sí la hay en varios países de la Unión Europea-, que es lo que merecería una delincuente que ha segado con alevosía la vida de 23 ciudadanos, el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo debía habernos sugerido que la implantemos para estos grandes criminales en serie, en vez de ponerse estupendo con argumentos ramplones y perfectamente desmontables para enmendar la plana a la Audiencia Nacional, al Supremo y al Constitucional español. Es difícil encontrarse con una resolución de tan mala calidad técnica y expositiva como la dictada por el Tribunal de Estrasburgo (y aquí no escribe, permítanme la puntualización, el periodista, sino el abogado) que confunde norma con doctrina jurisprudencial, no tanto por incompetencia, cuanto por las muy diferentes y disímiles culturas jurídicas de los magistrados que componen la sección del organismo. De ahí que las resoluciones de este Tribunal sean con frecuencia tomadas por los distintos países a beneficio de inventario; en otras, resulten ininteligibles y no falten ocasiones en que parecen extravagantes.

La dictada a instancias de la reclamación de Inés del Río es indicativa de cómo los garantismos estéticos pueden conducir a la impunidad, total o parcial, y al distanciamiento de la opinión pública de los tribunales que no aplican la materialidad de la ley sino su mera formalidad. Pero nos ha sido muy útil la dichosa sentencia. Para comprobar que Amaiur se alegra de la resolución; para advertir que su portavoz -Mikel Errekondo- no condenó ayer el asesinato de Miguel Ángel Blanco; para reiterar que al PNV le va la equidistancia acomodaticia y para auscultar las muchas contradicciones de la izquierda que -desde el punto de vista cívico y ético- sólo tenía una obligación: apoyar al Gobierno cuando declaró, a través del ministro del Interior, que la etarra no sería excarcelada. Y no debe serlo hasta el 17 de julio de 2017. No hay tratado para que los terroristas puedan ser liberados por tribunales internacionales cuando cumplen condena en España y bajo la responsabilidad de la administración de justicia y de las autoridades penitenciarias de nuestro país. O sea, no hay caso".

Pero Zarzalejos olvida algunas cosas en este artículo, hemos llegado a este lugar por la desidia de nuestros políticos que miraban a otro lado tras los asesinatos, desprecio a las víctimas por ser militares o policías, entreguismo a los partidos nazi-onanistas para poder gobernar, traición a las víctimas como empleados públicos, antiespañolismo desbordante y cobardía personal e institucional de los partidos políticos españoles, de todos, porque ninguno planteó en su momento una reforma del Código Penal que permitiera mantener en prisión a los etarras, porque no reflejaron en un artículo del CP una doctrina similar a la "doctrina Parot".

Olvida que los socialistas presionaron al Tribunal Constitucional para que legalizara a los etarras, creando un clima político que ha sido favorable para llegar a esta sentencia.

Olvida que estamos en pleno proceso de reinserción de etarras asesinos, lo que favorece el clima político favorable a esta sentencia.

Y olvida.... olvida tantas cosas que da un poco rubor ver como levanta la voz en defensa de la dignidad de las víctimas y del sistema jurídico español, sin realizar simultáneamente una acusación a esta vergüenza de políticos que en desgracia tenemos en España.


El Código Penal franquista de 1973 permitía, efectivamente, redimir la pena mediante el trabajo realizado en prisión. Concretamente, un día por cada dos días trabajados (art. 100). Por otra parte señalaba que la duración máxima de la pena (por muchos crímenes que se hubieran cometido) no podía exceder de 30 años (art. 70). Los señores diputados de nuestra democracia mantuvieron el mismo régimen sin modificar ni una coma durante más de treinta años, hasta el famoso Código Penal de la Democracia de 1995, que suprime la reducción de la pena por trabajo, pero que lógicamente no podía resolver la situación de forma retroactiva. La mala pata es que esta terrorista cometió sus innumerables crímenes en el breve interregno. Mientras tanto, el TS había considerando que la reducción por trabajo se aplicaba a la pena máxima de treinta años, que se entendía como una nueva pena a los efectos de la aplicación de los beneficios penitenciarios (STS de 8 de marzo de 1994, en base al RD 1201/1981), y así se había venido aplicando sin fisuras en multitud de casos con anterioridad a esa sentencia y, lógicamente, tras ella.

Mientras se mantenía este régimen penitenciario, que ahora se considera tan liviano y escandaloso, y se rechazaban las reclamaciones para endurecer las penas a los terroristas como demagógicas, los gobiernos de turno de la UCD y del PSOE se implicaban en una guerra sucia contra ETA por el que les aplicaban la pena de muerte sin reforma legal ni juicio previo. Esa actitud es exactamente lo que esconde este caso, evitar la responsabilidad política que implica actuar conforme a las reglas del Estado de Derecho si se puede arreglar el asunto de otro modo menos comprometido. El problema es que, si bien mientras todo eso quedaba en casa, donde las reglas están contaminadas, no pasaba casi nada, cuando sales fuera y te sometes al juicio de uno que se las cree de verdad, te dan para el pelo.

Cuando después de muchas horas de esforzado trabajo resultó que esos terroristas habían redimido un montón de días y que estaban a punto de salir a la calle sin llegar a ver cumplidos ni veinte años de prisión, pese a toda la sangre derramada, saltaron las alarmas en la opinión pública. Así que, primero el TS (STS 28-2-2006), variando su doctrina anterior, y luego el TC (STC 69/2012, entre otras) preocupándose más por la política que por el Derecho, como desgraciadamente suele ser aquí habitual, quisieron evitar ese escándalo del que la clase política española era la única responsable, e hicieron una interpretación forzada de las normas con la finalidad de evitarlo. El recurso buscado era muy sencillo: deducir los días por horas trabajadas no de la condena máxima efectiva (los treinta años) que en realidad es un máximo de cumplimiento y no una nueva pena, sino de cada una de las penas a medida que se vayan cumpliendo. En fin, que si lo hubiera sabido el etarra (condenada a tres mil años de cárcel) hubiera que tenido que quitarle muchas más horas al sueño para aspirar a salir en ese momento.

Al Tribunal de Derechos Humanos no le ha costado mucho demoler esta tesis. En primer lugar el Tribunal señala que esa nueva doctrina sentada en la sentencia del TS de 2006 contradice radicalmente la que había mantenido en su precedente de 1994, fundamentada en base al art. 59 del Reglamento General Penitenciario de 1981, reiterada con posterioridad a la entrada en vigor del CP de 1995 en otras (que consideraban también la pena máxima como una nueva pena) y que había sido mantenida sin fisuras por los tribunales de instancia. Recuerda también que el art. 7 de la Convención no sólo consagra el principio de irretroactividad, sino también de legalidad, que implica que la infracción y su sanción debe quedar perfectamente definida por la ley, lo que engloba su interpretación jurisprudencial. 


En consecuencia, en el momento en el que se cometieron los delitos, y también en el momento en que se decidió la acumulación de las penas, el Derecho aplicable, incluida su interpretación jurisprudencial, estaba formulado con suficiente precisión como para que la condenada pudiese hacerse una idea razonable de la pena impuesta y de las modalidades de su ejecución (par. 55). El cambio de criterio convierte en inoperantes todos los beneficios acumulados por trabajo durante esos años, por lo que no puede considerarse que afecte meramente a las modalidades de ejecución de la pena, sino a la pena misma, en cuanto supone añadir nueve años de prisión a los ya cumplidos (par. 59). Es obvio que la irretroactividad de la ley penal no lo permite. Todo ello al margen de que la nueva doctrina deja completamente sin sentido la reducción de penas por trabajo previstas en el denostado CP de 1973 (par. 60). La sentencia puede ser recurrida pero las posibilidades de éxito parecen escasas.



domingo, 8 de julio de 2012

LAS CAVERNAS PROGRES ESPAÑOLAS


Suele acusarse a la derecha política de haber claudicado en el ámbito cultural, rindiéndose en el debate de las ideas sin presentar batalla, o presentándola con ineficacia. Esto ha permitido a la izquierda hacerse con las riendas del discurso de la opinión pública, fabricando el mito progresista, que identifica con sus ideas, y desterrando a un Averno insoportable las ideas contrarias. Se ha garantizado así una supremacía que, sin embargo, empieza a resquebrajarse. 

Edurne Uriarte contribuye a ese proceso con un ensayo poderoso que enfrenta a la izquierda al espejo de sus contradicciones. "Desmontando el progresismo" (Gota a Gota) juega con la clásica idea de "las cavernas", ese espacio atrasado y represivo que en el imaginario progre ocuparía la derecha, pero que en realidad habitan sus propios clanes políticos e ideológicos. Y son cuatro, en la perspectiva de la autora: a saber, la caverna terrorista, la caverna pacifista, la caverna identitaria y la caverna radical.


La teoría de las causas


¿Por qué ante los crímenes de la ETA, de Hamás, de Al Qaeda o de las FARC, la izquierda se enfanga siempre en la búsqueda de "las causas"? Fundamentalmente, porque así reparte culpas. Las víctimas lo serían no sólo de quienes les disparan o las destrozan con una bomba, sino también de quienes le darían a los asesinos un cierto pretexto (social, económico, político), y por tanto una cierta legitimidad, al no atender sus requerimientos o no acabar con su supuesto caldo de cultivo. De ahí a propugnar la negociación como mejor instrumento contra el terror, sólo hay un paso que puede llegar tan lejos como vimos durante los mandatos del lelo José Luis Rodríguez Zapatero.

Los hechos, sin embargo, no abonan la tesis progresista. Siguiendo los datos del célebre estudio de Walter Laqueur, la autora recuerda que históricamente no hay una conexión necesaria entre la aparición de grupos terroristas y las situaciones de pobreza, represión o imperialismo que los criminales suelen alegar para justificarse. Uriarte señala algo más: esta equiparación entre quienes practican el terrorismo y quienes luchan contra él se debe a que, en el fondo, buena parte de la izquierda comparte los objetivos de los criminales, aunque repudien -incluso sinceramente- sus métodos. Así que cuando alguien decide romper la baraja y combatir el terrorismo como lo que es, se convierte en una bestia negra para ella, llámeseGeorge W. BushJosé María Aznar o Álvaro Uribe

Que este tipo de contradicciones obedecen a puro interés político (no existe, por tanto, ninguna aversión moral profunda al terrorismo, sólo al carácter pernicioso que sus efectos pueda tener sobre las ideas que les son comunes) se pone de manifiesto con el tratamiento dispensado a Barack Obama tras la eliminación de Osama bin Laden. El discurso del presidente norteamericano al anunciarla, subraya Edurne, es el mismo que podría haber hecho Bush. ¿Alguien cree que la reacción habría sido también la misma?

Frente al terrorismo de ETA, el progresismo muestra un fondo de comprensión con las causas que lo provocan y que deberíamos resolver, en lugar de atacar simplemente sus prácticas y a aquellos que lo sustentan, a los que, por cierto, los demócratas estaríamos obligados a integrar. En su praxis por la lucha por la paz, no es inhabitual la trampa eficaz de preguntar cuál es nuestra preferencia, la guerra o la paz, para justificar cualquier tipo de negociación, impidiendo, si es necesario, la opinión de las víctimas por estupefacientes razones de imparcialidad («si a uno le ponen una bomba, deja de ser imparcial», llegó a escribir Francisco J. Laporta). 

Como suelen argumentar: con el terrorismo hay que negociar siempre, y antes o después habremos de cuestionar el uso de la fuerza. En el conflicto de Oriente Próximo, el progresista también lo tiene claro: toda la culpa es de los judíos, y si Hamas usa la violencia y el terrorismo, «no es más que la otra cara de la moneda del terrorismo de Estado que practica Israel» (perla de la arabista Gemma Martín Muñoz). Poco importa que la teoría de las causas no haya sido confirmada por la historia o que situaciones semejantes no hayan dado lugar a respuestas terroristas en todos los casos: el progresismo ha identificado el mal y no le harán abdicar de tamaño hallazgo. Por demás, un buen progresista apoyará a las FARC colombianas y entenderá como mal inevitable a Al Qaeda, a quienes no considerará como una colección de fanáticos, sino como unos exaltados defensores de su cultura impulsados por las injusticias sociales, los cuales usan indiscriminadamente las guerras de guerrillas como ejercicio romántico de la lucha (la palabra guerrilla posee la carga positiva de quien pelea en pos de una utopía contra el poder). 


En la denuncia contra Estados democráticos que tienen que soportar grupos terroristas como los antedichos, el progresismo siempre contará con los cuentistas de Amnistía Internacional, organización de militantes que han apoyado una y otra vez las falsas denuncias de los terroristas de ETA contra los cuerpos policiales españoles y que no ha sido capaz de elevar ni una sola palabra contra los muertos colaterales de la guerra de Libia, ese conflicto que debe ser considerado una guerra progresista ya que no ha sido declarada por Bush, aunque tenga prácticamente las mismas características que la invasión de Irak. Según los Paul Krugman del mundo, la fuerza militar de Israel contra Hezbolá fortalecía a Hezbolá, pero las bombas aliadas contra Gadafi, en cambio, no fortalecían a Gadafi, sino la democracia y la libertad.

De Irak a Libia, del "no" al "sí" a la guerra: el ridículo

Otrosí en el caso del pacifismo. Uriarte tira de hemeroteca para poner en evidencia a la izquierda con la guerra de Libia, en comparación con la de Irak. Los retruécanos empleados por Almudena GrandesMaruja Torres o los editoriales de El País para amparar contra Muamar el Gadafi lo que se condenaba contra Sadam Hussein producen tanta hilaridad como indignación por su desfachatez. Incluso en datos muy objetivos: se defiende el ataque a Libia porque fue "multilateral", frente al "unilateralismo" de Bush en el ataque a Irak. Lo cierto es que a Bush le respaldaron 49 países, y el ataque contra el gobierno de Trípoli sólo suscitó el apoyo de 14. También recuerda la autora, ante el mantra de "las decisiones legitimadoras de la ONU", que en dicho organismo internacional se sientan los peores sátrapas del mundo, y en algunos casos con derecho de veto.

Bienvenida el islam... en nombre del feminismo

Pero lo que es "caverna en estado puro y con honores en la izquierda" es su protección al islamismo en (¡e incluso por!) su discriminación de la mujer. 

Aborda Uriarte con especial agudeza dos cuestiones referentes a la mujer: el velo y el derecho a ejercer el machismo contra las mujeres de derechas. Para el progresismo más excitable, el velo es un derecho y una libertad individual que vienen a resumir la lucha de una cierta revolución anticapitalista. No deja de ser un trasfondo de miedo y de apuesta ideológica por la creencia del multiculturalismo en el que participa causando perplejidad el propio feminismo socialista, ese que apela a la libertad individual: si usted quiere ser esclavo, ¿por qué no va a poder serlo? Velo sí, pero burka quizá no, aunque sea también un símbolo religioso. La crítica a las líderes femeninas de la derecha es, por parte de todo buen progresista, furiosa: la Thatcher, Esperanza Aguirre o Sarah Palin «actúan como hombres» y, por lo tanto, son masacrables. Es, pues, un libro que no deja indiferente y que no está escrito para ganar amigos.

Ver a feministas defendiendo las prendas de ropa que marcan y producen esa discriminación, resulta tan lamentable como la actitud de los creadores de opinión de la izquierda ante las mujeres de derechas. 


Wendy Doniger, feminista de la Universidad de Chicago, llegó a decir que la mayor "hipocresía" de Sarah Palin "es su pretensión de que es una mujer". La ex candidata a la vicepresidencia y ex gobernadora de Alaska, que debe todo lo que ha conseguido a su esfuerzo, no vale nada, a ojos progresistas, en comparación a Hillary Clinton, que debe todo lo que es al apellido de su marido, a quien perdonó la humillación pública de su infidelidad
Algo parecido sucede con Margaret Thatcher. En 2009, otra progreHarriet Harman, dirigente laborista, publicó una lista de las 16 mujeres que habían cambiado Gran Bretaña... ¡y en esa lista no estaba la única mujer que ha ocupado el 10 de Downing Street! El escándalo fue de tal magnitud que tuvo que rectificar.

Junto a este fanatismo, está el hecho de que la izquierda aplauda la censura social o condena judicial (Oriana FallaciRobert RedekerGeert Wilders) de quienes se oponen a la expansión del islamismo en Europa. O que, ante cualquier ofensa a Mahoma, reaccione contra la libertad de expresión que invoca para ofender a Jesucristo.

Nacionalismo, jamás... salvo en España

No caen en menor contradicción al censurar por "fascista" todo nacionalismo fuera de España (como en de la Liga Norte de Umberto Bossi) y haber sellado en España una alianza con todos y cada uno de los nacionalismos localistas y reduccionistas, apegándose al discurso que atribuye a los nacionalistas la representación de la colectividad incluso donde son minoría. Durante decenios el nacionalismo ha tenido la bula de la izquierda y mantenido el gran bulo de su progresismo. La ideología más reaccionaria recibió la bendición ecuménica de los santones y pasó a ser considerada parte del sacrosanto tabernáculo de las esencias progres. Ser nacionalista , lejos de todo análisis y rigor ideológico, se convertía en España en sinónimo de formar parte del rebaño de las ovejas buenas, de los majos, de los de buen rollo, de los progres. La persecución del franquismo-cierta, atroz y veraz persecución que nadie en su juicio puede negar y que abarcó todos los actos cotidianos y por supuesto a la lengua- se convirtió en la gran coartada para esa bula primero y luego la patente de corso para ser ellos quienes entraran en la espiral de perseguir, prohibir y acosar lo que les viniera en gana. Particularmente y con singular inquina a la lengua común de los españoles.

Hay que dar el combate de las ideas

Todo este cúmulo de incoherencias y trampas ideológicas es posible porque los progresistas no encuentran contestación en "una derecha intelectual minoritaria y más bien apocada y temerosa", que cuenta con escasos medios en televisión y muchos menos postes de radio que la progresía. Eso aumenta la arrogancia e intolerancia de la izquierda, soberbiamente descrita por Edurne Uriarte en las últimas páginas. La simplicidad de la receta progre facilita también su sensación de infalibilidad y superioridad moral. ¿Un ejemplo? Las brutales condenas al Tea Party, contra el que caben todos los adjetivos denigratorios, comparadas con el apoyo a Occupy Wall Street o el 15-M.



lunes, 17 de octubre de 2011

CONFERENCIA DE PAZ CONTRA LAS VÍCTIMAS DE ETA

La llamada “conferencia de paz” que se ha desarrollado en San Sebastián en pos de arropar el final de ETA es otro ejemplo de la autodestrucción del PSOE, porque esa conferencia, propiciada por el propio Zapatero -como lo prueba la presencia de su amigo Kofi Annan,  el promotor de la fracasada Alianza de Civilizaciones- sólo busca legitimar a ETA, para que no haya “vencedores ni vencidos” y para crear una farsa internacional en el que ETA anuncie el final de su violencia favoreciendo a Bildu en la elecciones. Y, de paso, regalando a Zapatero un pequeño triunfo en su despedida.

Conferencia de paz internacional en una zona de España donde sólo hay víctimas de una parte y violencia de la contraria. Una sociedad que según un ciudadano vasco -KOVA- se compone de:

- Un 20% aprox. que no son de ETA, que incluso no son partidarios de matar gente... pero que vota BATASUNA / BILDU. Muchos, simplemente ODIAN.

- Un 40% aprox. que comparten los fines, pero no los medios. Gentes tipo PNV / EA que van a Gandía o Benidorm [al estado opresor] en cuanto pueden. De los que dicen "en Euskalherria se vive muy bien" y tal, lo que sería cierto si no fuera porque ellos no tienen por qué preocuparse.

- Un 30% que no pertenece ni al primero ni al segundo grupos, que se limitan a sobrevivir... en silencio. Pueden compartir la tesis de que se vive muy bien, pero aunque no lo reconozcan [públicamente] saben que viven muy bien... mientras no se signifiquen públicamente.

- Un 10% que se la juegan, solos, estigmatizados como españolazos, fachas o "pesaos" [en el mejor de los casos].

Es decir, un 60% machacando política y socialmente al un 10% mientras otro 30% calla. 

Un 20% apoyando a los asesinos de ese otro 10%.

Un 60% gobernando durante 25 años mientras se asesinaba a ese 10%, y se acusa a España de opresión.

Unos extranjeros que desconocen la realidad de los útimos 35 años apoyando a ese 20% que respalda a los asesinos y a ese 40% que les comprende.

Se empeñan estos analfabetos de la violencia etarra en poner el acento en el “conflicto”, cuando aquí no ha habido realmente un conflicto sino un terrorismo unilateral que dura medio siglo, y que ha causado más de ochocientos muertos. Supone aceptar los planteamientos de la izquierda abertzale y, sobre todo de la organización terrorista, a la que, además se le da toda la razón cuando, en el punto cuarto, del comunicado se reproduce, casi literalmente, una de las peticiones de la banda armada, en el que se incluye la autodeterminación y el derecho a decidir.

Ante las recomendaciones de esos ignorantes, tan aplaudidas por el submundo criminal vasco y ese 40% de malditos apoyos, todavía hay quien prefiere apuntarse al decálogo de las víctimas del terrorismo:

1.- Respeto y sensibilidad con las víctimas en la opinión pública, evitando inferir un nuevo dolor añadido, evitando asimismo una susceptibilidad justificada entre quienes tienen las heridas más sensibles.

2.- Unas reglas de juego claras, comprensibles para todos, evitando capítulos de confusión pública.
 
3.- Es imprescindible resistir a la tentación de impunidad judicial o histórica para blindarnos contra cualquier táctica engañosa promocionada por el mundo de Batasuna o ETA.

4.- Antes del fin de ETA: No a la impunidad.
 
5.- Durante el fin de ETA. No a la impunidad.
 
6.- Tras el fin de ETA. No a la impunidad.
 
7.- Exigencia a ETA, Batasuna y al resto de su entramado político de la necesaria condena de la historia de ETA para volver a jugar en la política democrática, a fin de evitar una nueva tentativa de banalización, relativización y legitimación a posteriori de la misma.

8.- La política penitenciaria no debe convertirse en una política de gracia, porque no lo indica la ley y porque una aplicación laxa de la progresión de grados, supondría una forma de impunidad.

9.- Para la reinserción de presos de ETA, hay que tener en cuenta las vertientes pública y privada. La vertiente privada exige el reconocimiento del daño personal causado, la asunción de responsabilidades pecuniarias y la colaboración, en lo posible, con la justicia para aclarar y resolver los cientos de casos de asesinatos aún no esclarecidos y pendientes de juicio. La vertiente pública exige la denuncia pública del reinsertado de la violencia terrorista, lo cual lleva a exigirle que acepte el Estado de Derecho, así como la condena de los fines totalitarios que radican en la acción terrorista para favorecer la deslegitimación del terrorismo entre los niños y jóvenes que legitiman todavía tales prácticas.

10.- Las víctimas del terrorismo creemos que el hipotético final de ETA debe hacer posible el esclarecimiento de todos los atentados que están sin resolver y que suman centenares de asesinados, heridos, secuestrados y extorsionados sin autor conocido.

No hacía falta ninguna Conferencia Internacional con la presencia de tantos ignorante internacional, casi todos de pago (Tony Blair no asistió porque no el pagaban lo suficiente), entre ellos, el ex secretario general de la ONU Kofi Annan, que no puede haber aceptado ese papel en la Cumbre de San Sebastián sin conocimiento de Zapatero, aún Presidente del Gobierno, con el que ha colaborado activamente en su lamentable y carísimo proyecto de la “Alianza de las Civilizaciones” y con el que ha venido manteniendo, desde su salida del cargo, unas relaciones fluidas, hasta el punto que en algún momento le ha pedido el avión presidencial español para algunas giras internacionales. Para conseguir la paz en Euskadi, al margen de sus opiniones, solo hace falta el anuncio oficial de la disolución de la banda, la entrega de las armas y una declaración en la que se pida el perdón de las víctimas. Después vendrá la generosidad del Estado con los presos sin delitos de sangre, la legalización de sus partidos políticos, y la difícil reconciliación de una sociedad en la que el 10% son víctimas y el 60% son asesinos o sus hooligans.

Hoy hace veinte años que ETA dejó a unapequeña e inocente niña sin piernas y sin dedos en una de sus manos, convirtiendo su vida en un inmerecido infierno aunque ella siempre se haya mostrado fuerte, valiente y decidida. Irene Villa.